Valor de referencia catastral 2024


✅ ¿Qué es el nuevo valor de referencia catastral?

 

En enero de 2022 entró en vigor un nuevo método para calcular el valor de referencia de un inmueble. Esta reforma legal  impone el valor de referencia de Catastro como base imponible del ITP y del Impuesto de Sucesiones.

Este valor va a determinar  los impuestos que debe abonar aquella persona que herede, compre una vivienda de segunda mano o reciba la donación de un inmueble.

Esto supone un posible aumento de diferentes impuestos:

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El Impuesto de Sucesiones y Donaciones

El Impuesto sobre el Patrimonio.

 


 

El contribuyente pagará impuestos en función del valor de mercado del inmueble, según se ha aprobado en la Dirección General del Catastro.

Se calcula a partir de precios de compraventa, según información facilitada por Notarios y Registradores, con lo que, no se tendría en cuenta el estado de dicho inmueble y el precio por el que se haya vendido. Ya no se van a realizar visitas a las viviendas para comprobar si el valor por el que se ha transmitido, es el correcto, ya que ahora, se va a tributar por el valor de referencia según catastro.

 


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✅ ¿Quién dicta el nuevo valor de referencia de Catastro?

El nuevo valor de referencia de catastro viene determinado por la Dirección General del Catastro y está basado tanto en función de los precios de transacciones inmobiliarias registradas ante notario como del catastro individual de cada propiedad, que se determina cada año en todo el territorio nacional.

Por otro lado, el valor catastral se valora dependiendo de cada municipio tiene en cuenta la localización, el año de construcción, la calidad y el estado de conservación.

En inconveniente que presentan estos valores, es que ambos van a valorar por igual aquellas viviendas que se encuentren en un mismo edificio y planta, sin tener en cuenta las circunstancias propias de cada inmueble, como por ejemplo, si uno esta reformado y el otro no.

 


 

✅ ¿Cómo es el nuevo valor de referencia de Catastro?

El nuevo valor de referencia de Catastro será el valor mínimo por el que tributar y en caso de que se firme la transacción del inmueble ante notario por un valor inferior, el contribuyente estará obligado a tributar por el valor indicado según la valoración de Catastro. Igualmente, este nuevo valor también afecta al impuesto sobre el patrimonio.

Si el contribuyente no se acoge al pago de esta valoración, será sancionado por no haber tributado conforme a la Ley.

En cuanto al impuesto sobre el patrimonio, la ley obliga a declarar los inmuebles por el mayor valor, ya sea el catastral o el que la Administración haya determinado, que de igual modo, será el de referencia de Catastro.

Esta subida fiscal sólo afectara a los inmuebles adquiridos a partir de Enero de f
, sin que tenga carácter retroactivo.

 


 

 

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✅ ¿Cómo conocer el valor de referencia catastral de una vivienda?

Para ello se debe consultar al Real Decreto Legislativo 1/2004 en el que la Dirección General del Catastro publicará en el “BOE” (Boletín Oficial del Estado), un registro de los valores de referencia de cada inmueble, que podrán ser consultados de forma permanente a través de la Sede Electrónica del Catastro.”

Todo ello podrá consultarse directamente en la web del Catastro.

 


 

✅ ¿Se puede recurrir el valor de referencia de Catastro?

Sí. Se puede solicitar la rectificación de la autoliquidación presentando un recurso sobre la liquidación que se le haya notificado si ha declarando un valor inferior al de referencia.

Si el contribuyente considera que el inmueble tiene un valor inferior al oficial,  debe recurrir y aportar pruebas para demostrar que no ha defraudado a Hacienda”.

En principio, el objetivo es que el valor de referencia de Catastro se corresponda con el valor de mercado de los inmuebles y para ello, si se quiere recurrir, será el interesado quien tiene que demostrar que el valor de referencia no se aplica al valor de mercado del inmueble, aportando aquellas pruebas que lo sostengan.

En el caso del Impuesto sobre el Patrimonio, la ley no contempla métodos para impugnar el valor de referencia, por lo que se deberá recurrir al valor en el ITP o en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

 


 

✅ ¿Cómo calcular el valor de referencia de Catastro?

El valor de referencia de catastro en España se calcula a partir del valor catastral de una propiedad. El valor catastral es un valor que se asigna a una propiedad en función de su ubicación, tamaño y características. Este valor se utiliza para determinar el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) que se debe pagar por la propiedad.

Para calcular el valor de referencia de catastro, primero es necesario conocer el valor catastral de la propiedad. Este valor se puede consultar en el catastro, que es el registro público que contiene información sobre todas las propiedades de una determinada zona.

Una vez que se tiene el valor catastral, se puede calcular el valor de referencia de catastro multiplicando el valor catastral por un coeficiente de actualización que se establece cada año por el gobierno. Por ejemplo, si el coeficiente de actualización para el año en cuestión es 1,1 y el valor catastral de la propiedad es 100.000 euros, el valor de referencia de catastro sería 110.000 euros.

Es importante tener en cuenta que el valor de referencia de catastro no es necesariamente el mismo que el valor de mercado de la propiedad. El valor de mercado es el precio al que se podría vender la propiedad en el mercado libre, mientras que el valor de referencia de catastro es un valor que se utiliza principalmente para calcular el IBI.

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